Tramitación de herencia en El Ejido
Cuando fallece un familiar, además del dolor llegan los trámites: certificados, bancos, notaría, impuestos, Registro de la Propiedad. Muchas familias no saben por dónde empezar ni qué plazos corren desde el primer día.
En DÍAZ Y VALLE ABOGADOS nos encargamos de la tramitación completa de tu herencia en El Ejido y en toda la provincia de Almería. Te explicamos cada paso, cumplimos los plazos y os ayudamos a que el reparto sea claro y sin conflictos.
¿Qué hacer cuando fallece un familiar?
Hay algunas gestiones que conviene hacer cuanto antes, porque los plazos fiscales empiezan a contar desde el día del fallecimiento:
- Obtener el certificado de defunción en el Registro Civil.
- Pedir el certificado de últimas voluntades, que indica si el fallecido hizo testamento y ante qué notario. Se puede solicitar pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento.
- Pedir el certificado de contratos de seguros de vida, para saber si había algún seguro a favor de los herederos.
- Conseguir una copia autorizada del testamento, si existe.
Nosotros podemos solicitar estos documentos por ti, para que no tengas que ocuparte de nada en un momento tan difícil.
¿Hay testamento?
Si hay testamento, será el documento que indique quiénes son los herederos y cómo se reparte la herencia, siempre respetando la legítima que la ley reserva a determinados familiares.
Si no hay testamento, primero hay que hacer una declaración de herederos, normalmente ante notario, para determinar quién hereda según la ley. Te lo explicamos con detalle en herencia sin testamento.
Pasos para tramitar una herencia:
- Reunir la documentación. Certificados, testamento o declaración de herederos, escrituras, recibos del IBI, saldos bancarios, vehículos y deudas.
- Hacer el inventario y la valoración de los bienes. Una valoración correcta es clave para no pagar de más ni exponerse a una comprobación de Hacienda.
- Aceptar la herencia. Cada heredero decide si la acepta, la acepta a beneficio de inventario o renuncia a ella. Si hay deudas, este paso es decisivo.
- Repartir los bienes. Se firma el cuaderno particional, que asigna a cada heredero su parte. Te ayudamos a encontrar un reparto justo y equilibrado.
- Firmar la escritura de aceptación y partición ante notario.
- Pagar los impuestos. Impuesto de sucesiones y, si hay inmuebles urbanos, plusvalía municipal.
- Inscribir y cambiar de titularidad. Registro de la Propiedad, Catastro, bancos, Tráfico y suministros.
Plazos importantes:
- Impuesto de sucesiones: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se pide dentro de los primeros 5 meses. En Andalucía, hijos, cónyuge y padres suelen pagar poco o nada, pero hay que presentar la declaración igualmente. Lo explicamos en nuestra página sobre el impuesto de sucesiones en Andalucía.
- Plusvalía municipal: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se solicita al ayuntamiento.
Presentar fuera de plazo supone recargos e intereses, incluso cuando el impuesto a pagar sería cero.
¿Y si hay deudas?
Aceptar la herencia sin más supone responder de las deudas del fallecido, incluso con el patrimonio propio. Por eso, si hay dudas sobre las deudas, lo prudente es aceptar a beneficio de inventario, de forma que solo se responde hasta donde alcancen los bienes heredados, o valorar la renuncia a la herencia.
Ojo: ciertos actos, como vender bienes de la herencia o disponer del dinero de las cuentas, pueden suponer una aceptación tácita. Consúltanos antes de hacer nada.
¿Y si los herederos no se ponen de acuerdo?
Es más habitual de lo que parece: un hermano que vive en la casa, otro que quiere vender, alguien que no contesta. Primero intentamos un acuerdo, que siempre es más rápido y económico. Si no es posible, existen vías legales para desbloquear la herencia. Te lo contamos en conflictos entre herederos.
Herederos o bienes en el extranjero
Si algún heredero vive fuera de España, el fallecido era extranjero o hay bienes en otro país, la herencia tiene particularidades propias: ley aplicable, documentos extranjeros, traducciones e impuestos en dos países. Lo explicamos en herencias internacionales.
¿Por qué confiar en Díaz y Valle Abogados?
- Especialización en herencias. Es una de nuestras áreas principales de trabajo.
- Tramitación completa, desde el primer certificado hasta la inscripción en el Registro.
- Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar, sin sorpresas.
- Atención a distancia para herederos que viven fuera de El Ejido o en el extranjero.
Si además estás pensando en ordenar tu propia sucesión, te ayudamos a hacer tu testamento. Y si la herencia incluye una vivienda que queréis vender, también te asesoramos en la venta de la casa heredada.

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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda tramitar una herencia?
Si hay acuerdo y la documentación está completa, suele resolverse en pocos meses. Lo que más alarga el proceso es la falta de acuerdo entre herederos o la necesidad de documentos del extranjero.
¿Es obligatorio ir al notario?
Para inscribir inmuebles a nombre de los herederos, sí se necesita escritura pública. En herencias solo con dinero, algunos bancos permiten hacerlo con documento privado, aunque depende de la entidad y del importe.
¿Puedo sacar dinero de la cuenta de mi padre fallecido?
No es recomendable. El banco bloquea la cuenta al conocer el fallecimiento, y disponer del dinero antes de tramitar la herencia puede suponer aceptarla, con sus deudas.
¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?
Depende del patrimonio, del número de herederos y de si hay acuerdo. Tras la primera consulta te damos un presupuesto por escrito.
¿Tienes una herencia pendiente?
Cuéntanos tu caso. Te explicamos los pasos, los plazos y lo que costará, sin compromiso. Estamos en C. Córdoba 56, 2º, El Ejido, y atendemos también por teléfono y videollamada.
