Custodia de los hijos: abogados en El Ejido

Decidir con quién vivirán los hijos tras una separación es, casi siempre, lo que más preocupa a los padres. En DÍAZ Y VALLE ABOGADOS te asesoramos para conseguir el régimen de custodia que mejor proteja a tus hijos, ya sea por acuerdo o ante el juzgado.

Trabajamos cada caso con un objetivo claro: que los menores mantengan una relación sana con ambos progenitores y que tus derechos como padre o madre queden bien defendidos.

Custodia y patria potestad: no son lo mismo

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes de los padres sobre los hijos: su educación, su salud, dónde residen. Salvo casos excepcionales, la siguen compartiendo ambos padres tras el divorcio. Las decisiones importantes, como cambiar de colegio o de ciudad, se toman entre los dos.

La guarda y custodia, en cambio, se refiere a la convivencia diaria: con quién viven los hijos y quién se ocupa de su cuidado cotidiano.

Tipos de custodia

Custodia compartida

Los hijos conviven con cada progenitor durante periodos de tiempo similares, por semanas, quincenas u otro reparto adaptado a la familia. Ambos padres participan de forma equilibrada en su día a día.

El Tribunal Supremo considera la custodia compartida un régimen normal e incluso deseable, porque permite que los hijos mantengan la relación con ambos padres. Sin embargo, no es automática: el juez la concede cuando responde al interés del menor en cada caso concreto.

Custodia exclusiva

Los hijos viven habitualmente con uno de los progenitores. El otro tiene un régimen de visitas y comunicación, normalmente fines de semana alternos, alguna tarde entre semana y la mitad de las vacaciones. Además, contribuye a sus gastos mediante una pensión de alimentos.

¿Qué valora el juez para decidir la custodia?

El criterio principal es siempre el interés superior del menor. Para valorarlo, los tribunales tienen en cuenta:

  • La dedicación de cada progenitor a los hijos antes de la ruptura.
  • La aptitud y disponibilidad de cada uno, incluidos los horarios de trabajo.
  • La opinión de los hijos, cuando tienen madurez suficiente.
  • El número de hijos y sus edades.
  • La relación entre los padres y su capacidad para respetarse y comunicarse.
  • La cercanía entre los domicilios y con el colegio.
  • Los informes del equipo psicosocial del juzgado y el informe del Ministerio Fiscal.

La ley dificulta la custodia compartida cuando uno de los padres está incurso en un procedimiento penal por atentar contra el otro o contra los hijos, o cuando hay indicios fundados de violencia doméstica o de género.

¿Cómo se decide la custodia?

De mutuo acuerdo

Si los padres están de acuerdo, la custodia se fija en el convenio regulador de un divorcio de mutuo acuerdo. El juez y el Ministerio Fiscal lo revisan para comprobar que protege a los menores. Es la vía más rápida y la que menos afecta a los hijos.

Te ayudamos a diseñar un convenio regulador realista: reparto de tiempos, vacaciones, colegio, actividades, comunicación y toma de decisiones.

Por el juzgado

Si no hay acuerdo, la custodia la decide el juez en un divorcio contencioso o, si los padres no estaban casados, en un procedimiento de medidas paternofiliales. Antes de presentar la demanda hay que intentar un acuerdo por un medio adecuado de solución de controversias, salvo en los casos de violencia.

Preparamos las pruebas que acreditan tu implicación con los hijos y te preparamos para la entrevista con el equipo psicosocial.

La vivienda familiar

En la custodia exclusiva, lo habitual es que el uso de la vivienda familiar se atribuya a los hijos y al progenitor con quien conviven. En la custodia compartida, el juez decide según las circunstancias. A menudo se fija un uso temporal o se opta por que cada progenitor tenga su propia vivienda.

¿Se puede modificar la custodia establecida?

Sí, pero hay que acreditar un cambio de circunstancias. Si las circunstancias cambian de forma relevante (un traslado, un cambio de horarios, la voluntad de un hijo mayor o un incumplimiento grave), puede solicitarse una modificación de medidas para pasar de custodia exclusiva a compartida, o al revés.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la custodia compartida si el otro progenitor no quiere? Sí. El juez puede acordarla a petición de uno solo de los padres si considera que es lo mejor para los hijos.

¿A qué edad pueden decidir los hijos con quién vivir? No hay una edad a partir de la cual decidan ellos. Los hijos con madurez suficiente, y en todo caso los mayores de 12 años, deben ser escuchados, y su opinión pesa cada vez más a medida que crecen. Pero la decisión final es del juez.

¿Con custodia compartida hay que pagar pensión de alimentos? Puede darse el caso. Si los ingresos de los padres son muy distintos, el juez puede fijar una pensión a cargo del que más gana. Además, se reparten los gastos comunes y los extraordinarios.

¿Qué pasa si mi ex quiere mudarse con los niños a otra ciudad? El cambio de residencia de los hijos debe decidirse entre ambos padres. Si no hay acuerdo, lo decide el juez.

¿Te preocupa la custodia de tus hijos? Cuéntanos tu situación. Te explicamos tus opciones con claridad y te damos un presupuesto por escrito antes de empezar. Estamos en C. Córdoba 56, 2º, El Ejido, y atendemos también por teléfono y videollamada.